El cumplimiento a los deberes por parte de los senadores y diputados en la primera legislatura del cuatrienio 2024-2028, no afectó su salario.
Los 32 representantes del Senado de la República que conforman al Poder Legislativo culminaron el pasado 13 de enero su primera legislatura ordinaria del cuatrienio constitucional 2024-2028, con un total de 32 sesiones desde el 16 de agosto del año pasado hasta el 12 de enero del presente año.
En este periodo, que inició el pasado 16 de agosto con la segunda juramentación consecutiva del presidente Luis Abinader, algunos nuevos y viejos senadores resaltaron sus primeras labores dentro del hemiciclo encabezando la lista de ausencias y excusas, correspondientes a las sesiones y comisiones.
Además, varios representantes también lideraron el apartado de los que menos iniciativas depositaron ante la secretaría legislativa, lo que refleja un contradictorio contraste partiendo de las ganancias que reciben los senadores.
Estas acciones están establecidas como deberes y obligaciones dentro del reglamento constitucional de la cámara alta. Sin embargo, su incumplimiento no impide que los senadores reciban un sueldo base de RD320,000 mensual, al cual se le adicionan otros beneficios por ostentar una curul.
Tal es caso de RD$50,000 por gastos de representación, RD$25,000 destinado a viáticos, RD$25,000 de dietas, RD$3,500 por asistir a las sesiones y RD$2,500 a las reuniones de comisión. Los senadores reciben también dos exoneraciones de impuestos para la compra de cualquier tipo de vehículo, incluyendo los automóviles exóticos, tipificados como “de alta gama”. De esa manera lo reflejan cifras oficiales publicadas en diversos medios de comunicación.
Disponen, además, de una empleomanía que paga directamente el Senado de la República y reciben los recursos del Fondo para Asistencia Social, los cuales podrían superar el millón de pesos, según la cantidad de electores que tenga la demarcación que representan.
En los gráficos que acompañan a este trabajo periodístico, los lectores podrán precisar cuál fue el desempeño positivo y negativo de los legisladores en el Senado.
¿Qué dice el reglamento?
El artículo 63 del reglamento establece que los senadores están obligados a asistir puntualmente a las sesiones del pleno de la cámara y a las reuniones de las comisiones de trabajo a la hora fijada, y deben permanecer en las mismas hasta su término, salvo autorización previa y expresa del presidente del Senado o del presidente de la Comisión correspondiente.

KHARLA CEBALLOS/LD
Enfermedad o diligencias médicas, licencia concedida por el pleno; duelo familiar u otro suceso análogo, representación oficial del Senado; situaciones familiares; eventos trascendentes en el ejercicio de su función de representación y causas de fuerza mayor, son las excusas legítimas que están delimitadas dentro de la normativa.
El artículo 64 especifica que la reiteración prolongada de “ausencias de senadores con presentación de excusas”, podría dar lugar a que el presidente del Senado apodere a la Comisión Permanente de Ética y al Consejo de Disciplina para comprobar la justificación de las causas de las mismas.
Proyectos repetidos

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Una acción muy habitual entre los congresistas es presentar proyectos de ley que tienen de proponentes a muchos representantes. Son pocos los que entregan ante la secretaria legislativa iniciativas individuales. Aunque esto no simboliza ningún delito o incumplimiento, algunos legisladores utilizan esta práctica para escudarse de la falta de productividad con el esfuerzo y trabajo de otros congresistas.
Cámara de Diputados
En la Cámara de Diputados un representante recibe, aproximadamente, un salario mensual de RD$300,569.58, una cifra que incluye el salario base, dieta, viáticos y gastos de representación, sin mencionar bonificaciones como el salario 13, otorgado en diciembre, ni otras facilidades que reciben por ocupar una curul en el órgano legislativo.
Sumado a esto, cada integrante de la cámara baja, según una de las nóminas publicadas sobre “Libre nombramiento y remoción” de la Cámara de Diputados, para el período 2010-2016, tiene a su cargo cuatro empleados, por los que el órgano legislativo gasta, hasta esa fecha, RD$61,186.61 mensualmente.

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Sin embargo, al igual que en el Senado de la República, el incumplimiento de los deberes en que puedan incurrir los diputados, no afecta el dinero que devengan por su trabajo legislativo.
Durante las 41 sesiones que desarrolló la cámara baja desde el 16 de agosto de 2024 hasta el 12 de enero de este año, las ausencias, excusas y tardanzas se convirtieron en las acciones habituales entre gran parte de los 190 diputados.
A pesar de que es un mandato establecido en el artículo 59 del reglamento institucional, la inasistencia de los diputados a las sesiones convocadas por el pleno de la cámara legislativa es una de las principales faltas en las que incurren los legisladores, sin que los órganos disciplinarios hayan reaccionado al respecto.
El artículo 60 de la normativa indica que las razones que justifican la ausencia son indisposición por enfermedad o duelo familiar, realización de trabajos que les hayan sido encargados en las respectivas comisiones a que pertenece el diputado, o representar a la Cámara de Diputados en una actividad.

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No obstante, aclara que a partir de la cuarta excusa que de manera consecutiva haya presentado un diputado, estas deberán ser remitidas al Consejo de Disciplina, a los fines de su ponderación, validación y “posible sanción”.
Estas penalizaciones irían desde una amonestación privada, censura pública o privación del disfrute de pago de viáticos por el tiempo que se determine. Mientras tanto, la nueva legislatura comenzó el pasado 27 de febrero y el consejo disciplinario se mantiene sin reaccionar a las faltas de los representantes.
La inasistencia a las sesiones del Pleno de la Cámara de Diputados sin excusa legítima están tipificadas dentro del reglamento como una “falta”, la cual podría ser sancionada, además de las mencionadas anteriormente, con privación de representar al órgano legislativo en eventos nacionales e internacionales por el tiempo que el Consejo de Disciplina determine.
Además, enfrentarían la suspensión de su participación en las comisiones de trabajo a las que pertenezcan por el tiempo que se determine. Para la imposición de esta sanción será necesario el previo conocimiento y ratificación por parte del pleno de la cámara baja.