La Junta Central Electoral (JCE) ha propuesto una modificación de la escala de pena prevista en la ley 15-19 para las infracciones electorales, planteando que la máxima sea de 10 años de prisión.
En ese sentido, plantea que la escala vigente de seis meses a dos años de prisión por la comisión de crímenes electorales, se cambie por una sanción que oscile entre 3 y 10 años de prisión.
Esa modificación está contenida en la propuesta que presentó la JCE a los partidos políticos, que persigue no solo reformar la ley electoral, sino también la 33-18, de partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
Propone la inclusión del tipo penal crímenes y delitos contra la integridad de las elecciones,
Esta propuesta está motivada en las amenazas que enfrentan los sistemas electorales, que ameritan los países adopten medidas que garanticen la celebración de elecciones libres, íntegras y transparentes, para cuya infracción recomiendan sanciones de 3 a 10 años de prisión y multa de 100 a 200 salarios mínimos.
Cree que la práctica electoral comparada y las realidades sociales, jurídicas y políticas del país, requieren de un diseño legal para sancionar las conductas y actos que tienen como propósito afectar el desenvolvimiento de las elecciones.