El Comité de Comportamiento Ético del Poder Judicial emitió la Resolución núm. 01-2025, mediante la cual dictó una “recomendación ética” al magistrado Rigoberto Sena, juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, tras el revuelo causado por la motivación de su fallo en el caso Senasa.
La decisión del Comité, encabezado por Luis Henry Molina y los magistrados Nancy Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero y María Garabito Ramírez, surge tras un análisis de la sentencia en la que el juez Sena impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim y otros seis implicados.
Aunque el Comité aclaró que su función es preventiva y pedagógica (no sancionadora), determinó que el magistrado desbordó los principios de prudencia y moderación.
El caso cobró notoriedad pública luego de que se difundieran extractos de la decisión judicial donde el magistrado Sena incluía reflexiones profundas ajenas a la técnica jurídica, tales como citas bíblicas, referencias a 1 Timoteo 6:10 sobre el «amor desmedido al dinero».
Igualmente, literatura rusa, fragmentos de la parábola de León Tolstói, “¿Cuánta tierra necesita un hombre?”, sobre la avaricia, así como Filosofía Política, con citas del expresidente uruguayo Pepe Mujica y del patricio Juan Pablo Duarte.
El comité determinó que estas alusiones no forman parte de la estructura legal del fallo y que, por el contrario, generaron confusión en la ciudadanía.
Refiere que el periodista Julio Martínez Pozo, según una publicación en la denominada red social “X”, se refiere al comportamiento del juez, pronunciarse al respecto en los términos siguientes:
“Si el Poder Judicial no ha perdido la chaveta para ir en los vientos del influencianismo este artículo es una imprudencia mayúscula que tendría que ventilarse en un proceso disciplinario. Pese a todos los avances en RD hay jueces que no conocen sus límites”, indicó.
Aclaración sobre la publicación en Listín Diario
La resolución también aborda la controversia generada por una publicación en el periódico Listín Diario.
El diario emitió una “Fe de errata” aclarando que el texto publicado originalmente como una «columna de opinión» del juez Sena fue, en realidad, un error interno del periódico.
El medio explicó que su intención era dar a conocer las consideraciones del magistrado, pero que por error se colocó en la sección de opinión.
Ante esto, el Comité de Ética eximió de responsabilidad al juez respecto a la autoría de un artículo de opinión, pero mantuvo su observación sobre el contenido original de la sentencia.
Principios vulnerados: Prudencia y Moderación
El Comité de Comportamiento Ético, tras sostener un «diálogo ético» con el juez Sena el pasado 19 de diciembre, recordó que la función judicial impone límites a la libertad de expresión de los jueces.
La resolución resalta tres reglas fundamentales que deben seguir los jueces.
Prudencia
Las decisiones no deben ser producto de impulsos o emociones, sino de un juicio de conciencia justificado racionalmente.
Secreto Profesional y Libertad de Expresión
Los jueces deben ejercer su libertad con equilibrio para no debilitar la confianza pública en el sistema.
Motivación Jurídica
El juez actúa en nombre de la República y por autoridad de la Ley, lo que le exige ceñirse a la Constitución y no a juicios morales personales.
«Se califica como inapropiada, desacertada e impertinente toda actuación que desborde los principios y los valores que definen la misión y la visión de la institución», señala la resolución.
Exhortación al Poder Judicial
Finalmente, el Comité exhortó a todos los integrantes del Poder Judicial a «meditar en todas sus actuaciones públicas y privadas», así como en la redacción de sus decisiones, para asegurar que el comportamiento de los jueces sea acorde con la integridad que demanda la sociedad.
El magistrado Sena, por su parte, agradeció el diálogo y reconoció que, aunque sus citas buscaban conectar con un pueblo creyente, en un caso futuro omitiría dichas referencias para preservar la sobriedad del acto jurídico.