El Poder Ejecutivo devolvió al Congreso Nacional la Ley que crea un régimen de incentivos fiscales a la aviación civil comercial, argumentando que fue incluido un artículo “extraño”, así como el cambio de la esencia de la pieza.
Originalmente depositada por el Poder Ejecutivo, la pieza fue modificada, cambiándole los objetivos, el plazo de las exenciones y otros aspectos con los cuales desde el Gobierno no estuvieron de acuerdo, por lo que la mandaron de vuelta al Senado.
En una carta remitida por el presidente de la República, Luis Abinader, a su homólogo del Senado, Eduardo Estrella, explica que la ley aprobada no corresponde con la propuesta inicialmente remitida por el Poder Ejecutivo, la cual se circunscribía “exclusivamente a crear un régimen de incentivos fiscales” para vuelos comerciales internacionales de pasajeros, operados por aerolíneas dominicanas o extranjeras con establecimiento permanente en el país.
Mientras que la pieza aprobada se extiende a “operadores aéreos nacionales e internacionales con establecimiento en el país que se dedican al transporte de pasajeros, carga o correo nacional o internacionales y al conjunto de actividades vinculadas a la explotación comercial de rutas de aeronaves civiles para el transporte interno o internacional de pasajeros en la República Dominica”.
Como se puede notar, la pieza aprobada por el Congreso Nacional extiende a más actores la posibilidad de evitar el pago de algunos impuestos, algo con lo que no estuvo de acuerdo el Gobierno.
En la carta indica que debido al extendido alcance de la ley aprobada, esta podría “afectar la proyección de las recaudaciones fiscales” contrario a la propuesta original. “Esto porque el régimen de incentivos estaba previsto a recaer sobre una actividad de aviación nueva sobre la cual no se tenían expectativas ni proyecciones de recaudación fiscal”, indica.
Ante esto, la primera modificación que realiza es en los objetivos de la ley, removiendo la palabra “carga” dentro del objetivo 4: “Fortalecer el posicionamiento de la República Dominicana como punto de conexión para el transporte, logística de pasajeros y carga, el comercio y la inversión internacional.
De igual manera, en el artículo 3 señaló la eliminación de la frase “carga o correo nacional” que estaba dentro del ámbito de aplicación.
En lo que respecta al plazo para los incentivos fiscales, el Poder Ejecutivo consideró que 15 años es un tiempo muy prolongado para lo que pretende esta pieza, por lo que propuso reducirlo a 5 años.
Sumado a esto, también agregaron una serie de casos en los que el incumplimiento de la ley podría derivar en sanciones como la cancelación de los incentivos fiscales, siendo más específico sobre posibles situaciones que se podrían llegar a dar al momento de promulgar la ley.
La pieza deberá volver a ser conocida por el Congreso Nacional, quienes deberán sopesar si aceptan las observaciones realizadas por el Poder Ejecutivo.