El Arzobispo de San Salvador, José Luis Escobar Alas, afirmó el domingo que el pueblo quiere que el presidente Nayib Bukele se reelija, y señaló que hay una resolución de la Corte Suprema de Justicia que le permite participar en las elecciones presidenciales de 2024.
“Me parece que es una decisión que en repetidas veces el pueblo ha hecho de una forma u otra. Esto es inédito””, manifestó el prelado católico en conferencia de prensa en la catedral capitalina.
Bukele anunció su intención de buscar la reelección el pasado 15 de septiembre durante la celebración por el día de la independencia de El Salvador y un año después de que los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema -designados por sus aliados en el Congreso- lo habilitaron para inscribirse como candidato en las elecciones de 2024.
Bukele, quien asumió el poder el 1 de junio de 2019 y mantiene un nivel de popularidad por encima del 80%, ya recibió el apoyo de algunos sectores para buscar la reelección, mientras que otros expresan rechazo con el argumento que la Carta Magna la prohíbe.
Los niveles de aceptación de Bukele aumentaron con el combate a las pandillas y según encuestas de opinión recientes el 95% de la población está a favor de las medidas de seguridad que han reducido considerablemente la violencia en el país.
Abogados constitucionalistas han dicho que la reelección viola al menos cuatro artículos de la carta magna, incluido uno que limita el mandato presidencial a cinco años y establece que la persona que se desempeña como presidente no continuará en sus funciones ni un día más.
Pero Escobar Alas recordó que ya existe una resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que avala que Bukele pueda escribirse como candidato en las elecciones presidenciales del domingo 4 de febrero de 2024 y que inmediatamente el Tribunal Supremo Electoral dijo que cumpliría la resolución.
El artículo 152 de la constitución dice que no podrá ser candidato a presidente “el que haya desempeñado la presidencia de El Salvador por más de seis meses, consecutivos o no, durante el periodo inmediato anterior o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del periodo presidencial”.
Pero la Sala de lo Constitucional, emitió una resolución en septiembre de 2021 que interpretó que el artículo 152 permite que el presidente participe en la contiende electoral por una segunda ocasión.
La Sala también ordenó al Tribunal Supremo Electoral dar cumplimiento a la resolución. Casi de inmediato, el Tribunal emitió un comunicado de prensa y afirmó que acatará las disposiciones del máximo tribunal en materia constitucional.