El Constitucional anuló otra resolución emitida por el Consejo del Poder Judicial. Se trata de la número 009-2020, que estableció un protocolo de actuación para entrevistas forenses a víctimas y testigos en condición de vulnerabilidad. En aplicación de un precedente (TC/0268/20), el TC ha establecido que “la reglamentación de tal protocolo no es atribución del Consejo del Poder Judicial, sino del órgano pleno de la Suprema Corte de Justicia por concernir a cuestiones propias de la función jurisdiccional.” En criterio de los jueces constitucionales, se produjo un vicio de competencia insalvable que da lugar a la inconstitucionalidad de la resolución, debido a que con ella el CPJ se dispuso a regular cuestiones que escapan a su fuero, por lo que infringió varios principios constitucionales. Los efectos fueron deferidos por dos años. (TC-0522-23).
Vicio de competencia
Publicación anterior