La sentencia del Tribunal Constitucional que eliminó las penas a las relaciones entre homosexuales (sodomía) en la PN y las FFAA ha recibido reacciones a favor y en contra similar a lo ocurrido con la TC-0168-13, sobre la nacionalidad.
El TC declaró la inconstitucionalidad del artículo 210 de la ley 285, y el artículo 260 de la ley 3483, porque “el establecimiento de sanciones penales para regular aspectos disciplinarios colide con el ordenamiento constitucional…” En síntesis, comprobó que “las normas impugnadas violan el principio de razonabilidad, discriminan de manera injustificada a las personas por su orientación sexual, afectan la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo de las personas que forman parte de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas…” (TC-1225-25)
El fallo contó con dos votos disidentes y cuatro salvados. La PGR pidió la inconstitucionalidad. El Senado y la Cámara de Diputados lo dejaron a la soberana apreciación del TC, aunque los senadores, en su escrito, plantearon que la preferencia sexual no debe ser motivo para castigos de prisión. Hubo varios escritos de amicus curiae (amigos del tribunal) que favorecieron la nulidad.